🏚️ Demolición de obra que amenace ruina Definición y naturaleza jurídica: Es una medida correctiva y preventiva que permite a la autoridad de policía ordenar la demolición total o parcial de edificaciones que representen riesgo para la vida o seguridad, por encontrarse en estado de ruina o inestabilidad estructural. Su naturaleza es administrativa, preventiva y coactiva. Fundamento legal: Artículo 95 de la Ley 1801 de 2016. Autoridad competente: Inspector de Policía, con apoyo técnico de curadores urbanos, secretarías de planeación o gestión del riesgo. Procedimiento administrativo: 📌 Inspección técnica del inmueble. 📌 Requerimiento al propietario para demoler voluntariamente. 📌 Si no cumple, la autoridad ordena la demolición a costa del propietario. Requisitos para su procedencia: 📋 Diagnóstico técnico que evidencie amenaza de ruina. 📋 Notificación previa al propietario. 📋 Inacción o negativa a demoler voluntariamente. Efectos jurídicos y duración: ⚖️ … Leer más
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