Proceso de deslinde y amojonamiento este es un proceso declarativo especial contemplado en el art. 400 del CGP, la legitimación por activa le corresponde al propietario pleno, el nudo propietario, el usufructuario y el comunero del bien que se pretenda deslindar, y el poseedor material con más de 1 año de posesión, la demanda se dirigirá contra todos los titulares de derechos reales principales sobre los inmuebles objeto de deslinde que aparezcan inscritos en los respectivos certificados del registrador de instrumentos públicos. Este proceso consiste en la separación que se hace de los predios fijando los límites con los predios vecinos, es decir el objetivo es la demarcación de los linderos de un predio, y en algunos casos también se puede discutir hechos referentes al dominio, por ejemplo esta situación se da mucho en las áreas rurales y en los pueblos donde … Leer más
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