La honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia SC267-2023, se refirió al Dictamen pericial e hizo un Paralelo entre lo que reglaba el CPC y el CGP. Al respecto indico:
El dictamen pericial es un medio de prueba y procede para llevar al juez especiales conocimientos técnicos, científicos y artísticos sobre hechos que interesan al proceso, que son ajenos al saber común y jurídico del juez, por lo que se trata de informar «acerca de los hechos percibidos o deducidos, sus efectos y causas, y el juicio que los mismos le merecen, a objeto de que este, sobre tales bases, pueda formar su convicción acerca de ellos».
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