DIFERENCIA ENTRE ANTECEDENTE Y PRECEDENTE JUDICIAL CONCEPTO
ANTECEDENTE: se refiere a una decisión de una controversia anterior a la que se estudia, que puede tener o no similitudes desde el punto de vista fáctico, pero contiene algunos puntos de derecho que guían al juez para resolver el caso objeto de estudio.
Los antecedentes tienen un carácter orientador, lo que no significa que no deban ser tenidos en cuenta por el juez a la hora de fallar, ni que lo eximan del deber de argumentar las razones para apartarse, en virtud de los principios de transparencia e igualdad
PRECEDENTE, es la sentencia o el conjunto de ellas, anteriores a un caso determinado, que por su pertinencia y semejanza en los problemas jurídicos resueltos, debe necesariamente considerarse por las autoridades judiciales al momento de emitir un fallo, debido a que presentan similitudes con un nuevo caso, en materia de patrones fácticos y problemas jurídicos, en las que la ratio decidendi fija una regla para resolver la controversia, que también sirve para solucionar el nuevo asunto.
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