🧑‍⚖️ Disciplinario

El derecho disciplinario se define como el conjunto de normas sustanciales y procesales mediante las cuales el Estado asegura la obediencia, la disciplina, el comportamiento ético, la moralidad y la eficiencia de los servidores públicos, así como de los particulares en ejercicio de funciones públicas. Su finalidad primordial es garantizar el buen funcionamiento de la administración y el correcto desempeño de los servicios a cargo del Estado.

La base constitucional de esta rama del derecho se encuentra en varios preceptos de la Constitución Política de 1991. El artículo 6 establece la responsabilidad de los servidores públicos no solo por infringir la Constitución y las leyes, sino también por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

Los artículos 121 y 123 reafirman que ninguna autoridad del Estado puede ejercer funciones distintas de las que le atribuyen la Constitución y la ley, y que los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad, ejerciendo sus funciones en la forma prevista.

Adicionalmente, el artículo 209 consagra los principios que rigen la función administrativa: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, siendo el derecho disciplinario un instrumento para asegurar su observancia.

El propósito central del proceso disciplinario es, por tanto, multifacético. Busca garantizar la correcta marcha y el buen nombre de la administración pública, asegurar que los servidores cumplan con los deberes especiales inherentes a su cargo y respondan por sus faltas.

Más allá de una función puramente sancionatoria, el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) establece explícitamente que la finalidad de la sanción disciplinaria es la prevención y corrección, orientadas a garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internacionales. Este enfoque dual subraya que el sistema no solo reacciona ante la falta, sino que busca activamente moldear la conducta de los funcionarios hacia la integridad y la eficiencia, constituyéndose en un pilar para la consecución de los fines estatales.

Un concepto clave que sustenta la exigencia de un estándar de conducta más riguroso para los servidores públicos es la “relación especial de sujeción”. Esta doctrina reconoce que, al vincularse voluntariamente con el Estado, el funcionario asume deberes y responsabilidades adicionales a los del ciudadano común, lo que justifica un control disciplinario específico y más estricto para asegurar la primacía del interés general.

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