Esta alternativa procesal busca simplificar el trámite, siempre que no existan controversias entre las partes. Representa una vía más rápida y económica en comparación con un proceso contencioso ante juez, y es parte del esfuerzo del legislador por desjudicializar los conflictos familiares cuando hay consenso entre las partes.
La Ley 962 de 2005 otorgó expresamente a los notarios la facultad de tramitar estos divorcios, dándoles los mismos efectos legales que una sentencia judicial. Se trata, por tanto, de un mecanismo pleno, no subsidiario, con eficacia jurídica completa.
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