1. El Deber Universal de Hablar
La base de la prueba testimonial es la obligación ciudadana de colaborar con la justicia para esclarecer la verdad. El Código General del Proceso establece este deber como una regla general, pero reconoce límites cruciales para proteger derechos fundamentales.
"Toda persona tiene el deber de rendir el testimonio que se le pida"
El Artículo 208 del CGP consagra una regla general: si una persona tiene conocimiento de hechos relevantes para un proceso, su colaboración es un deber cívico indispensable. Sin embargo, este llamado a la verdad no es absoluto.
Excepciones Clave al Deber de Testimoniar
El Artículo 209 del CGP protege derechos fundamentales y relaciones de confianza. Este gráfico de dona ilustra las dos grandes categorías de excepciones que permiten a un testigo no responder preguntas específicas, aunque siga obligado a comparecer.