El tribunal superior del distrito judicial de Cartagena recordó los elementos que constituyen la acción publiciana. La Corte Suprema de Justicia, Sala Civil en sentencia 14 de diciembre de 2000 Exp. 5388 M.P. Manuel Ardila Velásquez, ha señalado los cuatro presupuestos de la acción publiciana, que determinan un fallo estimativo de las pretensiones, a saber: Posesión regular del bien en cabeza del demandante. Posesión actual por el demandado. Identidad del bien poseído con el que es perseguido por el demandante. Cosa singular o cuota proindiviso en cosa singular como objeto del proceso. Para la sala, la ley ampara por razones de equidad al poseedor regular mediante la acción publiciana, consagrada en el artículo 951 del Código Civil, en el caso en el que el poseedor regular no ha cumplido íntegramente el lapso necesario para la usucapión ordinaria y se ve … Leer más