Redención de pena: En los casos de delitos contra menores de edad, sólo se podrá redimir pena, es decir, por cada dos días de trabajo o estudio se le descuenta un día de sanción. Se debe aclarar, que la Redención de Penas es una figura diferente a la rebaja de pena, si bien la rebaja de pena no es posible en los delitos contra menores de edad, la redención de pena es totalmente factible. La Redención de pena se da por estudio, enseñanza, trabajo, actividades deportivas y artísticas, y cualquier otro mecanismo de resocialización. Así lo ha dicho la corte en Sentencia T-718/15 donde establece los siguientes: “esta Corte afirma que los mecanismos de redención de pena previstos en el ordenamiento jurídico son aplicables a los condenados por delitos contra menores de edad. Sin embargo, advierte que al Estado colombiano … Leer más
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