Categorías: Actualidad Juridica

¿Es obligatoria la dirección física del demandado si aporto la dirección electrónica?

El tribunal Superior Sala civil familia de Ibagué Tolima, en providencia del 19 de octubre de 2022 en proceso de Radicación 73001-31-03-006-2022-00168-01, resolvió el interrogante ¿Es obligatoria la dirección física del demandado si aporto la dirección electrónica? HECHOS Un abogado presenta una demanda de responsabilidad civil extracontractual y en el acápite de notificaciones relaciona solo la dirección electrónica de los demandados, el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué, Tolima, rechazó la demanda por no haberse subsanado conforme lo regula el CGP “4. Deberá señalar el lugar, dirección física y electrónica de cada uno de los demandantes, donde recibirán notificaciones personales. … Leer más

⚠️ Advertencia

Para acceder a este contenido debes ser suscriptor. Inicia sesión aquí ¿Aún no estás suscrito? Adquiere nuestra suscripción

GMH ABOGADOS

Entradas recientes

Calculadora de Lucro Cesante Futuro

      Calculadora de Lucro Cesante Futuro   Nota Importante: El cálculo se basa… Leer más

7 horas hace

Liquidación de Intereses

Liquidación de Intereses Liquidación de Intereses Basado en el Art. 1617 C.C. y Art. 884… Leer más

9 horas hace

<h1 style="color: #1a73e8; font-size: 2.3rem; margin: 1rem 0 0.5rem;">Quien replica también responde por la difamación en la red</h1>

💼 Derecho Comercial Tribunal Superior de Medellín - Sentencia 079 de 2025 (Rad. 05001310301720180048301) 📌… Leer más

1 día hace

Esta web usa cookies.