¿Es procedente decretar la suspensión de la partición hasta que se resuelva la demanda de declaración de UMH?

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Familia, abordó la suspensión de la partición: “El artículo 516 del Código General del Proceso establece lo siguiente: ‘El juez decretará la suspensión de la partición por las razones y en las circunstancias señaladas en los artículos 1387 y 1388 del Código Civil, siempre que se solicite antes de quedar ejecutoriada la sentencia aprobatoria de la partición o adjudicación y con ella deberá presentarse el certificado a que se refiere el inciso segundo del artículo 505. El auto que la resuelva es apelable en el efecto suspensivo. Acreditada la terminación … Leer más

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