⚖️ EXCEPCIONES PREVIAS Y DE MÉRITO
El derecho de contradicción se materializa mediante las excepciones o medios de defensa de que goza el demandado contra las pretensiones de la demanda. Estas se clasifican en dos tipos principales:
Excepciones de fondo (o de mérito) y excepciones previas.
Las excepciones previas son aquellas que se refieren a cuestiones formales o procesales que impiden el normal desarrollo del juicio, y que están taxativamente descritas en el artículo 100 del CGP. Estas deben presentarse en un escrito separado dentro del término del traslado de la demanda, expresando claramente las razones y hechos que las fundamentan.
El juez resuelve estas excepciones antes de entrar al fondo del asunto. Si acoge alguna, puede declarar terminado el proceso o suspenderlo hasta que se subsane el defecto.
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.
La sucesión por causa de muerte constituye el modo jurídico mediante el cual el conjunto… Leer más
El divorcio notarial, comúnmente llamado “divorcio exprés”, es un mecanismo legal en Colombia que permite… Leer más
La legislación colombiana contempla diversos mecanismos para la protección de aquellas personas que, por su… Leer más
El registro civil de nacimiento es el documento fundamental que acredita la existencia legal de… Leer más
La ausencia de una persona, entendida como la incertidumbre sobre su paradero y existencia, plantea… Leer más
⚖️ Derecho Procesal Corte Suprema de Justicia - STC6053-2025 (M.P. Hilda González Neira) 📌 Resumen… Leer más
Esta web usa cookies.