La impugnación de actas, asambleas y junta directiva es un mecanismo legal que permite a los socios, administradores o revisores fiscales de una sociedad cuestionar las decisiones que se adopten en dichos órganos cuando consideren que violan la ley, los estatutos o el reglamento de la entidad. Según el artículo 191 del Código de Comercio, la impugnación debe presentarse ante un juez civil dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la reunión o del registro mercantil, si se trata de actos sujetos a inscripción. La impugnación puede tener como efecto la suspensión provisional de los actos impugnados, previa caución del demandante, cuando se demuestre la violación de las normas invocadas. La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha establecido algunos criterios sobre la impugnación de actas, asambleas y junta directiva, entre los cuales se destacan los siguientes: … Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, recordó sobre la prueba trasladada en el… Leer más
Esta web usa cookies.