Los incidentes en el derecho civil son aquellas cuestiones accesorias que se suscitan en el curso de un proceso y que requieren una decisión judicial previa o simultánea a la resolución del asunto principal. Los incidentes se encuentran regulados en el Código General del Proceso, en el Título IV del Libro Primero. Allí se establecen las disposiciones generales sobre los incidentes y otras cuestiones accesorias, así como las causales y el trámite de las nulidades procesales. Según el artículo 127 del Código General del Proceso, solo se tramitarán como incidente los asuntos que la ley expresamente señale; los demás se resolverán de plano y si hubiere hechos que probar, a la petición se acompañará prueba siquiera sumaria de ellos. El artículo 129 del mismo código señala que las partes solo podrán promover incidentes en audiencia, salvo cuando se haya proferido … Leer más
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