La Doctrina ha estipulado que la Prisión Preventiva es una de las instituciones procesales que evidencian claramente el régimen político existente en una nación, pues los regímenes políticos autoritarios se caracterizan por una extensión desmedida de la posibilidad del dictado, en tanto que en los regímenes democráticos, en donde se aplica un sistema procesal con rasgos acusatorios, se imponen, por el respeto a los principios de presunción de inocencia y de proporcionalidad en la intervención del Estado, unas exigencias mayores, definidas en la ley como requisitos objetivos y subjetivos para la imposición de la prisión preventiva. Lo que la doctrina internacional ha dado en llamar “prisión preventiva”, en el ordenamiento jurídico colombiano se denomina “medidas de aseguramiento”. Hacen parte de las denominadas medidas cautelares, es decir, de aquellas disposiciones que por petición de parte impone la autoridad judicial sobre bienes … Leer más