⚖️ TUTELA: DERECHO A LA LIBERTAD DE CULTO

La libertad de culto es un derecho fundamental que se garantiza en el artículo 19 de la Constitución Política de Colombia, el cual establece que toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Este derecho fue desarrollado por la Ley Estatutaria 133 de 1994, que regula las relaciones entre el Estado y las entidades religiosas, reconociendo su aporte al bien común.

La Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia han interpretado este derecho, destacando:

  • El carácter laico del Estado colombiano, que implica respeto y garantía a la pluralidad religiosa sin favorecer creencias.
  • El derecho a la objeción de conciencia por motivos religiosos, permitiendo exenciones siempre que no se vulneren derechos de terceros.
  • El derecho a la educación religiosa y moral según la elección de los padres o tutores.

Para ejercer la libertad de culto en Colombia se deben tener en cuenta:

  • Inscripción de la entidad religiosa ante el Ministerio del Interior con declaración de principios y representación legal.
  • Respeto por los derechos humanos y la dignidad, absteniéndose de incitar al odio o violencia.
  • Celebración de convenios con el Estado para actividades sociales, educativas o culturales bajo condiciones legales.

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