El Consejo de Estado en Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, recordó que los hijos de crianza tienen los mismos derechos de reparación patrimonial que los hijos biológicos o consanguíneos, por lo anterior trajo a colación lo dicho por el Consejo de Estado en la sentencia de fecha 30 de agosto de 2017, proferida por la subsección A de la sección tercera del Consejo de Estado dentro del proceso con radicado No 18001-23-31-000-2009-00352-01(51676), consejera ponente: Marta Nubia Velázquez Rico en la cual, sobre el particular, se indicó lo siguiente. «De otro lado, es del caso precisar que la familia no … Leer más
Infografía: Prescripción de Impuestos en Colombia Prescripción de Impuestos cuándo se extingue la obligación de… Leer más
Liquidación del Crédito Un Análisis Visual del Artículo 446 del Código General… Leer más
👨👩👧👦 Derecho de Familia Tribunal Superior de Bogotá - Sentencia del 21 de mayo de… Leer más
⚖️ Derecho Constitucional Corte Constitucional - Sentencia T-149 de 2025 (Rad. T-10.261.574) 📌 Resumen Exprés… Leer más
🏛️ Derecho Administrativo Consejo de Estado · Rad. 17001-23-33-000-2018-00396-01 Ponente: Juan Camilo Morales Trujillo ·… Leer más
Duplicidad del Registro Civil en Colombia 1. El Problema: ¿Qué es la… Leer más
Esta web usa cookies.