La Sala Tercera Civil del Tribunal Superior de Medellín revocó la decisión de un juzgado de primera instancia y concedió una medida cautelar innominada solicitada por el Conjunto Residencial Ceibazul PH, dentro de un proceso de protección al consumidor. La medida busca proteger la integridad de los residentes frente a los riesgos generados por una obra inconclusa contigua a una torre habitada.
La constructora demandada había dejado sin cerramiento una zona de excavación, lo cual generaba acceso libre a menores y residentes, con posibilidad de caídas y accidentes. A pesar de los informes técnicos y advertencias de autoridades locales, el juez de primera instancia negó la solicitud. El Tribunal, en cambio, valoró la prueba aportada y aplicó el principio de precaución y proporcionalidad para proteger a los consumidores en condiciones de vulnerabilidad.
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