Medidas cautelares en procesos de familia El Código General del Proceso, determina los procesos de familia en los cuales se pueden practicar medidas cautelares específicas, adecuando el lenguaje técnico jurídico y otras instituciones familiares existentes. De conformidad con lo anterior, se pueden solicitar las siguientes medidas cautelares: 1. El embargo y secuestro de los bienes que puedan ser objeto de gananciales y que estuvieran en cabeza de la otra. 2. La residencia separada de los cónyuges, y si estos fueren menores, disponer el depósito en casa de sus padres o de sus parientes más próximos o en la de un tercero. 3. Dejar a los hijos al cuidado de uno de los cónyuges o de ambos, o de un tercero. 4. Señalar la cantidad con que cada cónyuge deba contribuir, según su capacidad económica, para gastos de habitación y sostenimiento … Leer más
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