DEMANDA POR LESIÓN ENORME La lesión enorme constituye un vicio objetivo en los negocios jurídicos que proviene de la desigualdad de las prestaciones a cargo de cada una de las partes del contrato, vicio este que vulnera los principios de equidad y de justicia dentro los contratos bilaterales, conmutativos y onerosos. Los requisitos bajo los cuales se configura la existencia de dicho vicio en relación con la compraventa, a saber: i) que la misma recaiga sobre un bien inmueble. ii) que la diferencia entre el justo precio al momento del contrato sea enorme, es decir, que el precio pagado por el bien inmueble sea menos del doble o más de la mitad. iii) que el negocio jurídico no sea aleatorio. iv) que no se haya renunciado a la acción rescisoria. v) que el bien objeto del negocio jurídico no se hubiese … Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, recordó sobre la prueba trasladada en el… Leer más
Esta web usa cookies.