El artículo 1º de la Constitución Política de 1991 establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, democrática, participativa y pluralista. El carácter democrático de la República adoptado por el constituyente en los términos previstos en el aludido canon constitucional deja en evidencia que el principio democrático conlleva no sólo el derecho a la participación política, sino la garantía de que las elecciones populares sean libres y sus resultados reflejen la voluntad popular.
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