El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Sala de Decisión Penal, en sentencia del 27 de noviembre de 2024, abordó los momentos del descubrimiento probatorio: “La Sala considera necesario recordar los momentos procesales establecidos para llevar a cabo el deber legal de descubrir los elementos materiales probatorios y evidencia física que se pretenden hacer valer en el juicio (…) En ese orden, en lo que a los momentos procesales habilitados para realizar el descubrimiento probatorio se ha establecido que son: a. En fases anteriores a la de juicio podemos sostener que excepcionalmente, aun desde la etapa de indagación, existen situaciones en las cuales con el objeto de garantizar el derecho de contradicción y de defensa, se hace exigible al ente instructor determinado descubrimiento probatorio, a fin de sacar avante sus peticiones de legalidad de ciertos procedimientos u actos de … Leer más
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