El Tribunal de Bogotá al resolver el recurso de apelación interpuesto contra un auto de la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, que rechazó la demanda por no probar que el poder registrado en la demanda era el mismo del Registro Nacional de Abogado preciso que con el Decreto 806/2020 no se requiere acreditar que la dirección electrónica inserta en el poder es la misma del Registro Nacional de Abogados, opera presunción de buena fe, para el tribunal: “Entratándose de un proceso verbal, el acto introductorio al mismo es la demanda presentada por el interesado … Leer más
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