La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia T017-2023 Reitero su Jurisprudencia sobre las normas y subreglas jurisprudenciales en materia de suministro de pañitos húmedos, pañales, sillas de ruedas y otros servicios y tecnologías de salud. Al respecto, la corte menciono: La Ley 1755 de 2015 adoptó un sistema de exclusiones explícitas en el que, en principio, todos los servicios en salud están incluidos en el PBS, a menos que se encuentren taxativamente excluidos. A continuación, la Sala reiterará las normas y subreglas jurisprudenciales sobre el suministro, en sede de tutela, de pañitos húmedos, pañales, sillas de ruedas, lentes fotocromáticos, camas hospitalarias, aparatos y colchones ortopédicos, transporte intermunicipal para el paciente y un acompañante, viáticos y servicio de enfermería a domicilio. a)Tecnologías de salud incluidas en el PBS: pañales, sillas de ruedas, aparatos ortopédicos, lentes fotocromáticos, cama hospitalaria y colchón ortopédico … Leer más
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