Resulta ser la notificación de carácter residual, puesto que corresponde a la forma de notificar aquellas providencias que se dicten por escrito y que no trate de las que deban hacerse de manera personal. Tanto autos como sentencias que se dicten por fuera de audiencia, y no se deban notificar de otra manera, serán notificados por estado de conformidad con las formalidades y constancias señaladas en el artículo 295 del Código General del Proceso. El estado se fijará en la secretaría del despacho judicial, al día siguiente de la fecha de la providencia y permanecerá durante un día, dejando constancia … Leer más
📄 Incidente de reparación de perjuicios por daños derivados del matrimonio o la UMH El… Leer más
⚖️ Derecho Procesal Civil Tribunal Superior de Bogotá · Sala Civil · Auto del 28… Leer más
📜 Derecho Civil Tribunal Superior de Bogotá · Sala Civil · Sentencia del 28 de… Leer más
👮 Derecho Penal Corte Suprema de Justicia · Sala Penal · Sentencia SP859-2025 · M.P.… Leer más
👮 Derecho Penal Corte Suprema de Justicia · Sentencia SP851-2025 · Sala de Casación Penal… Leer más
👮 Derecho Penal Tribunal Superior de Buga · Sala Penal · Rad. 76-147-6000-170-2021-00511-01 📌 Resumen… Leer más
Esta web usa cookies.