SC172-2023 Diferencia precio injusto y precio irrisorio

La Corte Suprema de Justicia en Sentencia SC172-2023 recordó la diferencia entre precio injusto y precio irrisorio. Al respecto dijo: Según la doctrina especializada para que el precio cumpla su papel en la compraventa debe. Consistir en dinero en su totalidad o la mayor parte. Ser determinado de manera voluntaria por las partes, o excepcionalmente por un tercero, cuando estos así lo convengan, en una cifra exacta, o bien determinable a través de expresiones que sirvan para fijarlo (artículos 1864, 1865 del Código Civil). Cuando el precio consiste parte en dinero y parte en otra cosa, se entenderá permuta si la cosa vale más que el dinero. Ser real, esto es, que exista, lo que se contrapone al ficticio o irrisorio, debido al carácter conmutativo de la compraventa que impone que este equivalga a lo que se compra o se … Leer más

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Proceso de restitución internacional de menores

La procedencia del proceso de restitución internacional de menores es sucesiva, por lo que sus presupuestos asumen determinadas características, en primer término, como quiera que los referidos tratados de la Haya, (Aprobado por la Ley 173 de 1994) y de Montevideo (Aprobado por la Ley 620 de 2000) solamente prevé la necesidad de una autoridad central y la de autoridades administrativas y judiciales competente, dejando que cada Estado determine una y otra forma, como lo estime conveniente. El Estado colombiano de un lado define que para efectos de la restitución al internacional de niños, niñas y adolescentes, actuará como autoridad central el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y del otro, también define como autoridad administrativa competente, al “defensor de familia”, a quien se le asigna únicamente la competencia para adelantar “las actuaciones tendientes a la restitución voluntaria del niño, niña … Leer más

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SC507-2023 la cláusula penal y sus funciones

La Honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia SC507-2023 recordó que la cláusula penal tiene tres funciones. Al respecto dijo: En síntesis, la cláusula penal tiene tres funciones: Sirve de apremio para coaccionar al deudor a cumplir sus débitos, en cuyo caso es moratoria o retardataria. Puede constituir una garantía para el acreedor cuandoquiera que remplace la obligación principal incumplida. Permite estimar de forma anticipada los perjuicios, evento en el que asume un rol compensatorio, es decir, se tiene como indemnizatoria y exime al acreedor de probar la existencia del demérito y su cuantía (art. 1599, ibidem.), pues lo tasa y determina de forma convencional y anticipada. En este último caso, la ley civil prohíbe exigir la obligación principal y la pena, excepto que se haya estipulado «la pena por el simple retardo», o convenido que «por el pago de … Leer más

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T194-2024 No se puede suspender de manera automática el pago del subsidio adulto mayor por el no cobro del mismo

La Honorable Corte Constitucional en sentencia T194-2024 estableció que no se puede suspender de manera automática el pago del subsidio por el no cobro del mismo. Lo anterior, dentro de una acción de tutela en contra del DPS y la Alcaldía de Soledad (Atlántico), por haber suspendido el pago del subsidio económico otorgado por el Programa de Protección Social al Adulto Mayor “Colombia Mayor” y, posteriormente, retirar a la accionante del mismo, al haber incurrido en la causal de “no cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros”. La corte recordó las causales de retiro del programa, que por regla general ocurre por dejar de cumplir los requisitos para la pertenencia al programa “Colombia Mayor”. Además de dicha causal genérica, el artículo 37 del Decreto 3771 de 2007 prevé la “Pérdida del derecho al subsidio” cuando el beneficiario incurra en … Leer más

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Requisitos para que se estructure la lesión enorme

El tribunal superior del distrito judicial de pasto, recordó los requisitos para que se estructure la lesión enorme en la compraventa. Al respecto dijo: Debe recordarse que la lesión enorme es el detrimento que sufre una persona debido a un acto jurídico realizado por ella, desmedro que consiste en el desequilibrio entre las ventajas que el contrato reporta para uno de los extremos contractuales, en comparación con las que se presentan para el otro. Al respecto, se destaca que dicha figura puede presentarse en los contratos de permuta o compraventa de bienes inmuebles, la partición de bienes y la aceptación de una asignación sucesoral. Para estructurarse la lesión enorme en la compraventa se requiere la concurrencia de los siguientes requisitos: Que la venta sea sobre bienes inmuebles, y no se hubiese hecho por ministerio de la justicia (art. 1949, C.C., … Leer más

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impugnación de tutela

La impugnación de una tutela permite a las partes involucradas en una acción de tutela objetar la decisión emitida por un juez de primera instancia. Este mecanismo busca que un juez superior revise la sentencia para determinar si se cometieron errores en el procedimiento o en la interpretación de la ley. El trámite procesal de la impugnación se inicia con la presentación de un escrito de impugnación ante el mismo juez que emitió el fallo de tutela dentro de los 3 días siguientes de notificado el fallo. Este escrito debe contener los argumentos y pruebas que sustenten la solicitud de revisión. Una vez presentada la impugnación, el juez tiene dos días para remitir el expediente al superior jerárquico correspondiente. El término para impugnar el fallo de tutela es de tres días siguientes a su notificación, y puede ser interpuesto por … Leer más

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SP1033-2024 condena por delito de trata de personas

La honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia SP1033-2024 mantiene condena a mujer por delito de trata de personas con fines de explotación laboral o servidumbre. Lo anterior, teniendo en cuenta que la condenada contrato a una indígena y además de la alimentación y la vivienda, le pagaría $250.000 mensuales y le cancelaría los gastos de su traslado a la capital del país. La joven fue obligada a trabajar por fuera del horario laboral legalmente establecido, también a realizar oficios extenuantes sin que se le respetaran sus días de descanso y sin que se le pagara remuneración alguna. Tampoco le fue permitido salir de la residencia y era dejada bajo llave siempre que quedaba a solas. Además, le fue restringida la comunicación con sus familiares y, luego de romper un elemento decorativo, fue advertida de que debía continuar trabajando, sin … Leer más

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De la indemnización por despido indirecto -auto despido-

El Tribunal Superior de Buga – Sala Laboral, recordó sobre la indemnización por despido indirecto -auto despido-. Al respecto dijo: Para adentrarse en el desarrollo del asunto, debe partirse innegablemente por desarrollar teóricamente que significa el llamado despido indirecto y como se hace plenamente efectivo, para ello es pertinente acudir al concepto que de dicha figura ha desarrollado la jurisprudencia: «El despido indirecto, producto de la renuncia del trabajador, se configura cuando el empleador incurre en alguna o algunas de las causales previstas en el literal B del art. 7º del Decreto 2351 de 1965 que modificó el art. 62 del CST». Ahora, para que esa modalidad de despido produzca los efectos indemnizatorios legales, no solo es necesario que tal decisión por iniciativa propia del trabajador obedezca efectivamente a los motivos consignados por causas imputables al empleador, previstos en la … Leer más

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