La Pensión Familiar fue introducida por la Ley 1580 de 2012 como una modalidad pensional excepcional dentro del Sistema General de Pensiones colombiano. Su finalidad es permitir que los cónyuges o compañeros permanentes que no alcanzan individualmente los requisitos para pensionarse, puedan sumar sus cotizaciones o capital acumulado para acceder de manera conjunta a una pensión de vejez.
Este mecanismo se aplica tanto en el Régimen de Prima Media (RPM) como en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), constituyéndose en una vía de acceso solidaria y complementaria, dirigida especialmente a personas de bajos ingresos o con trayectorias laborales interrumpidas.
Pueden solicitar esta pensión parejas conformadas por cónyuges o compañeros permanentes que hayan cotizado al sistema, no hayan alcanzado los requisitos individuales y cumplan con las condiciones legales específicas del régimen al que estén afiliados.
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