El Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda confirmo la condena contra el municipio de Pereira, que lo declara responsable administrativa y patrimonialmente de los perjuicios producidos a los demandantes, con ocasión del acceso carnal violento del cual fue objeto un estudiante en las instalaciones de la Institución Educativa propiedad del municipio de Pereira. El tribunal recordó que la jurisprudencia del Consejo de Estado tiene dos postulados que fundamentan la responsabilidad estatal en los términos del artículo 90 superior: “i) El daño antijurídico, ii) la imputación de este a la administración, «sin que sea posible predicar la existencia y necesidad y/o valoración y análisis de otro tipo de componentes a efectos de configurar la responsabilidad». Igualmente, la Corte Constitucional ha dicho que «la fuente de la responsabilidad patrimonial del Estado es un daño que debe ser antijurídico, no porque la … Leer más