Perjuicios extrapatrimoniales: es el daño que se refiere a una esfera distinta de la patrimonial, que toca el fuero interno de las personas en sus sentimientos y emociones. (De la cuantificación del daño – Maria cristina isaza). Los perjuicios extrapatrimoniales se pueden presentar de varias maneras, a saber (SC10297-2014): i) Mediante la lesión a un sentimiento interior y, por ende, subjetivo (daño moral); ii) como privación objetiva de la facultad de realizar actividades cotidianas tales como practicar deportes, escuchar música, asistir a espectáculos, viajar, leer, departir con los amigos o la familia, disfrutar el paisaje, tener relaciones íntimas, etc., (daño a la vida de relación). iii) como vulneración a los derechos humanos fundamentales como el buen nombre, la propia imagen, la libertad, la privacidad y la dignidad, que gozan de especial protección constitucional. DAÑO MORAL: El daño moral, en sentido … Leer más
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