La corte suprema de justicia en sentencia STC8525-2023 se pronunció sobre la perspectiva de género en las decisiones judiciales. Al respecto mencionó
La Sala no puede pasar por alto que varios de los argumentos en los cuales el accionante fincó el petitum de este amparo se ciñeron al presunto desequilibrio económico que acarrearía la prosperidad de las objeciones formuladas a los inventarios y avalúos por su excompañera permanente, en tanto que, en su decir, «[él] asumió de su propio peculio todas esas cargas de las cuales ahora la sociedad se aprovecha y se enriquece a costa y en detrimento del patrimonio propio de este».
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