SP106-2025 – Del delito de prevaricato por acción

La Honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia SP106-2025, recordó sobre el delito de prevaricato por acción. Al respecto, dijo:

El artículo 413 del Código Penal, establece: El servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley, incurrirá en prisión (…). El presupuesto fáctico de la norma transcrita se encuentra constituido por tres elementos, a saber: (i) un sujeto activo calificado, es decir, que se trate de servidor público; (ii) que profiera resolución, dictamen o concepto; y (iii) que este pronunciamiento sea manifiestamente contrario a la ley; esto es, no basta que el acto funcional con capacidad o aptitud resolutoria sea formalmente ilegal, por razones sustanciales, de procedimiento o de competencia, sino que la disparidad del acto respecto de la comprensión de los textos o enunciados -contentivos del derecho positivo llamado a imperar- “no admite justificación razonable alguna”.


🔒 Acceso restringido

Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.


Suscríbete


Descubre más desde GMH ABOGADOS

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario