La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, en Sentencia STC937-2025, abordó el principio de concentración y los retrasos en procesos familiares: “Sumergidos en el fondo de la disputa, se aprecia que el Juzgado cometió una equivocación lesiva de los derechos de la menor porque ha aplazado en reiteradas y sucesivas ocasiones la audiencia donde incumbe definir los aspectos relativos a su situación personal y económica, cuya prolongación incide negativamente en el contexto de la alimentaria en tanto deja en indefinición los reclamos sobre la carga alimentaria que desde hace varios años se viene discutiendo en sede administrativa y judicial por parte de sus ascendientes.” “Estas postergaciones de la diligencia incluso contravienen el principio de concentración previsto en el artículo 5° del Código General del Proceso, a tono del cual: ‘El juez deberá programar las audiencias … Leer más
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