El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, recordó sobre la prueba trasladada en el Proceso Penal. El legislador de la Ley 906 de 2004 se mostró bastante riguroso en el tema probatorio y por eso se exige que las pruebas se practiquen en sede del juicio oral, con las dos excepciones previstas, esto es, la prueba anticipada y la prueba de referencia, las que de modo alguno pueden confundirse con el instituto tratado. A lo dicho, no se opone el régimen de libertad probatoria que gobierna el sistema con tendencia acusatoria implantado en Colombia. La regla general es que las partes pueden presentar el conocimiento de los hechos al juez a través de cualquier medio de acreditación, empero, para efectos de la introducción o el acopio de pruebas, se impone dar estricto acatamiento a los principios de oralidad, concentración … Leer más
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