👤 Cambio del sexo en el registro civil y la cédula en Colombia
Verónica es una persona transgénero que ya realizó el cambio de nombre en su registro civil. Ahora desea modificar también el componente “sexo” para que refleje su identidad de género femenina en sus documentos oficiales. Aquí explicamos paso a paso cómo puede hacerlo legalmente en Colombia.
📌 ¿Qué debe hacer?
- Acudir a una notaría y solicitar la corrección del componente “sexo” en el registro civil. Para ello deberá presentar:
- Copia de la cédula de ciudadanía.
- Copia simple del registro civil de nacimiento.
- Una declaración juramentada expresando su voluntad de cambiar el componente “sexo” del registro civil, indicando si desea pasar de “M” a “F” o viceversa.
- Una vez radicada la documentación completa, el notario tiene 5 días para elaborar la escritura pública.
- El notario enviará la información a la Registraduría Nacional del Estado Civil para realizar la actualización en el sistema y en la cédula.
- Si la solicitud se realiza en una notaría diferente a la que contiene el registro civil, se deberá asumir el costo del traslado.
📄 Requisitos generales
- Datos personales: nombre completo, número de cédula y domicilio.
- Declaración bajo gravedad de juramento sobre la voluntad de corregir el componente “sexo”.
- Anexos:
- Copia del registro civil de nacimiento.
- Copia de la cédula de ciudadanía.
⚠️ El notario NO puede exigir más documentos.
📌 Tenga en cuenta
- El cambio del componente “sexo” en el registro civil solo puede realizarse dos veces.
- Para hacer un nuevo cambio, deben transcurrir 10 años desde la primera modificación.
- Si un notario se niega a realizar el trámite, puede presentarse una acción de tutela para exigir el reconocimiento del derecho a la identidad.
⚖️ Normatividad aplicable
- 📘 Decreto Ley 1260 de 1970 – Estatuto del Registro del Estado Civil.
- 📘 Decreto 1069 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia.
- 📘 Decreto 1227 de 2015 – Adiciona el trámite para corregir el componente “sexo”.
- 📚 Sentencia T-063 de 2015 – Corte Constitucional. Protección a la dignidad, libre desarrollo de la personalidad e identidad de las personas trans.