Tribunal Superior de Bogotá · Sala Civil · Rad. 11001-31-03-027-2014-00508-01 · M.P. Flor Margoth González Flórez
📌 Resumen Exprés
- ⚖️ Tema clave: Rendición provocada de cuentas · Comunidad hereditaria · Legitimación
- 🧾 Pretensiones:
- Obligar a coheredera a rendir cuentas por presunta administración de bienes sucesorales
- Demostrar presunto aprovechamiento individual de bienes comunes
- 🏁 Decisión: Se confirma la sentencia que negó la demanda por falta de prueba de administración unilateral.
📋 Requisitos para exigir rendición de cuentas entre coherederos
- Debe acreditarse la existencia de una comunidad hereditaria vigente sin liquidar.
- Se requiere demostrar que uno de los coherederos ha administrado o dispuesto unilateralmente de los bienes comunes.
- No procede la acción si no se prueba un manejo exclusivo o beneficios económicos individuales sin autorización de los demás.
- La simple convivencia con el causante o el uso conjunto de bienes no implica per se administración imputable.
🧠 Claves para abogados
- 📌 La rendición provocada de cuentas entre coherederos exige prueba de administración o disposición unilateral de bienes comunes.
- ⚖️ La comunidad hereditaria no presume delegación de administración: debe probarse la actuación excluyente.
- 🧾 El uso del bien por parte de un coheredero no constituye, por sí solo, causal de rendición de cuentas.
- 🔍 La carga de la prueba recae en quien afirma la gestión y exige la rendición.
📚 Jurisprudencia destacada
El Tribunal reiteró que la rendición de cuentas solo es exigible entre coherederos si se acredita una gestión unilateral de bienes comunes (CSJ SC11669-2017), y que la convivencia o el uso compartido no configuran, por sí solos, una administración excluyente.