El tribunal de sucre, en sentencia del 10 de mayo del 2023, recordó que los requisitos para acreditar la responsabilidad del estado por omisión en el deber de seguridad y protección son los siguientes:
- La existencia de una amenaza cierta y real en contra de la víctima.
- El elemento cognitivo de dicha amenaza por parte de la autoridad demandada, ya sea por solicitud expresa de protección o por conocimiento de la situación de peligro.
- La configuración de una omisión en el cumplimiento de las funciones que el ordenamiento jurídico le impone a la demandada, verificada mediante el cotejo de tales obligaciones normativas frente al grado de cumplimiento u observancia del mismo por parte de dicha entidad, más la relación fáctica y causal entre la omisión y el daño alegado.
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