RESUMEN DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO SUJETOS PROCESALES Además del juez como sujeto procesal que dirige el proceso para dirimir el conflicto, también asumen la calidad de sujetos procesales, tanto las partes como los terceros que pueden intervenir dentro del proceso. El Código General del Proceso da absoluta claridad a que ciertos sujetos procesales son considerados partes y no terceros, puesto que en realidad la sentencia que se dicte los vincula con efectos de cosa juzgada. Así entonces, la intervención del excluyente, llamamiento en garantía, llamamiento del verdadero poseedor o tenedor, son en realidad intervenciones de parte y no de terceros. En tanto que la coadyuvancia y el llamamiento de oficio son terceros en el proceso, como se explicará más adelante. CAPACIDAD PARA SER PARTE. El artículo 53 del Código General del Proceso determina quiénes pueden ser parte en el … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.