La responsabilidad civil extracontractual, también llamada responsabilidad aquiliana o culposa, surge cuando una persona causa daño a otra sin que exista un vínculo contractual previo. Es el núcleo del Derecho de daños, que busca reparar los perjuicios ocasionados a otro en virtud de actos u omisiones ilícitas.
Según el artículo 1902 del Código Civil: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.”
Además, el artículo 1089 reconoce que las obligaciones nacen no solo de los contratos, sino también de actos ilícitos.
Aunque el Código Civil dedica pocos artículos a esta materia (1902–1910), su aplicación ha crecido significativamente en la práctica judicial contemporánea, representando hoy más del 50% de la actividad litigiosa en materia civil.
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