La honorable Corte Suprema De Justicia en Sentencia SC123-2023 preciso quienes están legitimados para promover nulidad por indebida notificación, al respecto la corte dijo: “La única persona legitimada para promover la nulidad por indebida notificación o falta de vinculación al litigio, es precisamente aquella que no fue citada o estuvo indebidamente notificada, más no quienes actuaron como sujetos procesales en el juicio y, por ende, contaron con las oportunidades procesales legales correspondientes, para proponer los mecanismos de defensa que brinda el ordenamiento jurídico para tal fin”. La corte trajo a colación lo que ha dicho en otras sentencias: «En punto tocante con las causales de nulidad procesal consagradas en los numerales 7 a 9 del artículo 140 del Código de Procedimiento Civil, cuandoquiera que una o varias de ellas sea invocada como sustrato del recurso de revisión, acorde con el … Leer más
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