La insigne Corte Suprema de Justicia, en sentencia SC2498-2021, señaló que la independencia, la permanencia y el encargo, son los elementos definitorios del contrato de agencia comercial. La Corte conoció un recurso de casación contra la sentencia de segundo grado del Tribunal Superior de Medellín, proferida en el curso del proceso verbal promovido por la recurrente con el objetivo de que se declarara la existencia de una agencia comercial, contractual o de hecho, así como los perjuicios causados en virtud de dicho negocio jurídico.
Así las cosas, el juzgador de primera instancia negó las pretensiones de la demanda al no encontrar acreditados los elementos de la figura contractual invocada, decisión que fue apelada y el Tribunal de instancia, confirmó por mayoría la sentencia recurrida. Inconforme con esa providencia, la parte demandantes formuló recurso de casación.
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