La honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2976/2021 puntualizo que las declaraciones que dan cuenta de la existencia de una relación amorosa, comprobantes de consignaciones bancarias y fotografías no configuran el lazo convivencial necesario para declarar la existencia de una unión marital de hecho. La Corte conoció del Recurso de casación interpuesto frente a la sentencia del Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Civil-Familia, dentro del proceso que se promovió contra los herederos determinados e indeterminados del presunto compañero permanente y que negó las pretensiones de la demanda. El recurrente solicitó la declaración de la unión marital de hecho y su consecuente sociedad patrimonial en estado de liquidación. Así las cosas, al estudiar los cargos propuestos por el accionante contra la referida providencia, esa corporación determinó que simples declaraciones que daban cuenta de la relación amorosa entre las partes, comprobantes … Leer más
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