La ilustre Corte Suprema de Justicia, mediante providencia No. SC3663-2022, examinó las consecuencias de la declaración y agravación del riesgo en el marco de los contratos de seguro. Esa corporación conoció del recurso extraordinario de casación formulado en contra de la sentencia de segundo grado de un proceso promovido con el objetivo de que se declarara un contrato de seguro todo riesgo en construcción, que brindaba protección al constructor, contratista y subcontratista desde el inicio y durante la ejecución de sus obras o proyectos frente a posibles daños materiales y responsabilidad civil extracontractual por riesgos inherentes a la actividad de la construcción, el cual fue presuntamente incumplido por el demandado.
Superadas las etapas procesales correspondientes, el juzgador de primera instancia profirió sentencia en la que declaró, entre otras cosas, que la demandada debía pagar a la demandante una suma por la ocurrencia del siniestro cuyo amparo estaba cubierto por una póliza, junto con los intereses de mora. Apelado el fallo por ambas partes, fue revocado por el
superior funcional, quien, en últimas, negó las pretensiones de la demanda.
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