La honorable Corte Suprema de Justicia mediante providencia No. SC3957-2022, determinó la procedencia de la acción indemnizatoria por el uso no compartido de la copropiedad. Esa corporación en sede del recurso extraordinario de casación conoció del proceso incoado con miras a que se declarara la responsabilidad extracontractual del demandado por el hecho de estar ocupando unilateralmente y sin consentimiento de los demás comuneros bienes ubicados en un conjunto residencial, a imposibilitando la debida administración de estos. Por lo anterior se reclamó el pago del 50% de los frutos obtenidos y la tasación de los perjuicios causados.
Superadas las etapas procesales correspondientes, el a quo resolvió condenar al extremo pasivo de la litis al pago de los frutos obtenidos por el uso unilateral de bienes pertenecientes a una copropiedad. Contra esa decisión, ambas partes formularon recurso de apelación del que conoció el Tribunal, quien revocó lo decidido por el funcionario a quo y, en su lugar, negó los reclamos principales y subsidiarios de la demanda.
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