La Corte Suprema de Justicia, en sentencia SC4024-2021, examina la noción del heredero putativo y la cesión de derechos herenciales realizada por aquel. En el marco de un proceso ordinario cuyo finalidad era declarar a los demandantes como hijos extramatrimoniales del causante, y como tales, a sucederlo en sus bienes. No obstante, dicha acción fue promovida por los demandantes con posterioridad al trabajo de partición de los herederos determinados ante Notaría, en el que le fueron adjudicados a la cónyuge supérstite bienes que más tarde enajenó a un tercero.
Ante ese panorama, y dados los hechos materia del litigio, esa corporación con miras a establecer la legitimación por pasiva de los demandados, consideró necesario estudiar lo consignado jurisprudencialmente en relación con el heredero putativo así:
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