La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SC4322-2020 ordeno que se le pagara el Lucro Cesante Futuro a una abogada litigante que resulto con pérdida de capacidad laboral de 36% en un accidente de tránsito. En primera y segunda instancia se le había denegado el lucro cesante futuro dado que: “dicho perjuicio no debía ser resarcido al no ser cierto y objetivo, pues «en este caso no se ha determinado» que «el daño sea con secuela de carácter permanente»” La Corte suprimió la negativa a reconocer la condena por lucro cesante futuro, en la medida en que: “el Tribunal incurrió en la violación directa que se aduce por el impugnante, pues, contrariando las directrices sobre reparación integral del daño provenientes del artículo 16 de la Ley 446 de 1998, y las exigencias para el reconocimiento del lucro cesante futuro, … Leer más
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