La Honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia SC507-2023 recordó que la cláusula penal tiene tres funciones. Al respecto dijo: En síntesis, la cláusula penal tiene tres funciones: Sirve de apremio para coaccionar al deudor a cumplir sus débitos, en cuyo caso es moratoria o retardataria. Puede constituir una garantía para el acreedor cuandoquiera que remplace la obligación principal incumplida. Permite estimar de forma anticipada los perjuicios, evento en el que asume un rol compensatorio, es decir, se tiene como indemnizatoria y exime al acreedor de probar la existencia del demérito y su cuantía (art. 1599, ibidem.), pues lo tasa y determina de forma convencional y anticipada. En este último caso, la ley civil prohíbe exigir la obligación principal y la pena, excepto que se haya estipulado «la pena por el simple retardo», o convenido que «por el pago de … Leer más