Corte Constitucional, Sentencia C-028/19 Inexequible el periodo de prueba de 15 días para trabajadores domésticos El artículo 77 (numeral segundo) del Decreto Ley 2663 de 1950 (Código Sustantivo de Trabajo), que establecía que en el contrato de trabajo de los servidores domésticos se presumen como periodo de prueba los primeros 15 días del servicio, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional. Una de las razones principales es que todos los trabajadores pueden pactar por escrito el periodo de prueba, mientras que para los trabajadores domésticos existía una presunción que resultaba discriminatoria. “Pues este debe ser siempre pactado y constar por escrito, mientras que para los trabajadores domésticos, al margen de que lo estimen o no, opera la presunción del periodo de prueba por los primeros 15 días, lo cual tiene efectos en relación con la estabilidad en el empleo, pues en ese interregno puede … Leer más
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