La honorable Corte Constitucional emite SENTENCIA C-038/20 donde establece que la responsabilidad solidaria entre el conductor y el propietario por las infracciones detectadas por medios tecnológicos (Fotomultas) es inconstitucional, esto, al no exigir expresamente, para ser sancionado con multa, que la falta sea personalmente imputable y permitir, por lo tanto, una forma de responsabilidad sancionatoria por el hecho ajeno. La honorable Corte Constitucional emite SENTENCIA C-038/20 Determinó que: la norma demandada adolece de ambigüedades en su redacción y, por consiguiente, genera incertidumbre en cuanto al respeto de garantías constitucionales ineludibles en el ejercicio del poder punitivo del Estado. Así, (i) aunque garantiza nominalmente el derecho a la defensa, al prever la vinculación del propietario del vehículo al procedimiento administrativo, vulnera, en realidad, dicha garantía constitucional, porque omite de la defensa lo relativo a la imputabilidad y la culpabilidad, al hacer … Leer más
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