👮 Corte declara inconstitucional la restricción de acceso a pruebas en delitos sexuales
Corte Constitucional · Sentencia C-107 de 2018 · M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado
📌 Resumen Exprés
- ⚖️ Tema clave: Inconstitucionalidad por afectación del derecho a la defensa
- 📜 Normas analizadas: Parágrafo 1º del art. 116A C.P. · Ley 1773 de 2016
- 🧾 Problemas jurídicos:
- ¿Vulnera el derecho a la defensa impedir acceso a entrevistas previas a juicio?
- ¿Puede el legislador restringir el acceso a medios de prueba por su contenido?
- 🏁 Decisión: Se declara INEXEQUIBLE el parágrafo 1º del artículo 116A del Código Penal
⚖️ ¿Qué dijo la Corte?
La Sala Plena concluyó que dicha restricción imponía una limitación desproporcionada al derecho a la defensa y al principio de contradicción. Aunque la finalidad del legislador —proteger a menores víctimas— era legítima, los medios utilizados resultaban excesivos al impedir cualquier acceso anticipado a una prueba fundamental para el contradictorio.
La sentencia aclaró que el sistema penal colombiano es acusatorio, lo cual implica que las partes deben tener igualdad de acceso a los medios probatorios, incluso si estos no se incorporan al juicio. La reserva de esas entrevistas no podía ser absoluta, pues afectaba la posibilidad del defensor de preparar su estrategia procesal.
🔍 Fundamento jurídico de la decisión
La Corte reiteró jurisprudencia previa sobre el debido proceso (C-209 de 2007, C-396 de 2012), destacando que cualquier restricción al acceso a pruebas debe superar un juicio estricto de proporcionalidad. Al no permitir siquiera el conocimiento de la existencia y contenido de las entrevistas, el parágrafo demandado impedía ejercer una defensa real y efectiva.
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