Simulación y Ocultamiento de Bienes
en la Sociedad Conyugal y Patrimonial
Introducción: Fraude en el Corazón del Patrimonio Familiar
Las relaciones patrimoniales en el matrimonio y la unión marital de hecho se basan en la lealtad y buena fe. La simulación y el ocultamiento de bienes son conductas fraudulentas que atentan contra estos principios, buscando disminuir el patrimonio común en perjuicio del otro cónyuge o compañero.
🎭¿Qué es la Simulación?
Es un negocio jurídico que aparenta algo distinto a la verdadera intención de las partes, con el fin de engañar a terceros. Implica una divergencia intencional entre lo declarado y lo querido.
Simulación Absoluta:
El acto aparente carece de todo contenido real. Las partes nunca quisieron celebrarlo. (Ej: Venta ficticia sin intención real de transferir).
Simulación Relativa:
El acto aparente oculta la verdadera naturaleza, condiciones o partes del negocio real. (Ej: Una compraventa que esconde una donación).
🤫¿Qué es el Ocultamiento de Bienes?
Es la acción u omisión dolosa de no revelar, esconder o sustraer bienes que deberían formar parte del activo de la sociedad conyugal o patrimonial. El objetivo es reducir fraudulentamente la masa de bienes a repartir.
Conexión Estratégica: La simulación es a menudo una herramienta sofisticada para el ocultamiento, creando una apariencia de legalidad para justificar la ausencia de un bien.
Ámbitos de Aplicación del Fraude Patrimonial
⚭En la Sociedad Conyugal
Surge con el matrimonio. Bienes sociales incluyen salarios, frutos de todos los bienes y adquisiciones onerosas durante el matrimonio.
Modalidades Comunes de Fraude:
- Ventas ficticias a terceros de confianza o sociedades pantalla.
- Constitución de deudas inexistentes a cargo de la sociedad.
- Donaciones encubiertas bajo apariencia de negocios onerosos.
- Uso de fiducias para encubrir bienes.
- Omisión de bienes en el inventario liquidatorio.
🤝En la Sociedad Patrimonial (Unión Marital de Hecho)
Surge tras dos años de unión marital de hecho (con requisitos específicos si hay impedimentos matrimoniales). El patrimonio es producto del trabajo, ayuda y socorro mutuos.
Aplicabilidad del Fraude:
La jurisprudencia ha equiparado la protección: las figuras de simulación, ocultamiento y sus sanciones (como el Art. 1824 C.C.) son plenamente aplicables a los compañeros permanentes.
Desafío: Puede requerir la declaración judicial previa de la unión y la sociedad patrimonial.
Mecanismos de Protección y Recuperación de Bienes
El ordenamiento colombiano ofrece herramientas para combatir estos fraudes, aunque la prueba del dolo es crucial y a menudo compleja.
🔎La Acción de Simulación
Busca develar la verdad detrás de un negocio aparente. El cónyuge/compañero afectado tiene legitimación para demandar, incluso durante la vigencia de la sociedad, si hay perjuicio.
Prueba de la Simulación:
La prueba directa es rara. Se recurre a indicios (valorados en conjunto):
- Causa Simulandis (motivo para simular).
- Parentesco o amistad íntima (affectio).
- Precio irrisorio o no pagado.
- Falta de capacidad económica del adquirente.
- Vendedor retiene posesión del bien.
- Tiempo sospechoso de la negociación.
- Comportamiento procesal evasivo.
- Ausencia de necesidad de enajenar.
Prescripción: 10 años (el inicio del cómputo puede variar para terceros afectados).
⚖️Sanción por Ocultamiento o Distracción Dolosa (Art. 1824 C.C.)
Castiga al cónyuge/compañero (o sus herederos) que dolosamente oculte o distraiga bienes sociales/patrimoniales.
Requisitos:
- Acto de Ocultamiento/Distracción: Esconder, no declarar, o disponer fraudulentamente de bienes.
- Dolo (Intención Fraudulenta): ¡Crucial! Debe probarse la intención positiva de defraudar. No se presume.
Consecuencias Graves:
- Pérdida de su porción sobre el bien ocultado/distraído.
- Obligación de restituirlo DOBLADO a la masa común.
Relevancia: Aplica a actos dolosos realizados durante TODA la vigencia de la sociedad, no solo en la liquidación.
🛡️Medidas Cautelares (Código General del Proceso)
Para asegurar los resultados del proceso y evitar que los bienes en disputa se dilapiden, se puede solicitar el embargo y secuestro de los bienes que podrían ser gananciales y estén en cabeza del otro cónyuge/compañero o incluso de terceros (con prueba sumaria de simulación).
Implicaciones Adicionales del Fraude
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